JUECES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y POLICÍAS VS. LOS DD HH/Mario Andrés Aquino López

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Es una pena el país que están construyendo los actuales gobernantes, al menos en lo jurídico, ni se parece al proyecto que tenían los Constituyentes del 17 y no porque lo esté mejorando o modernizando, al contrario.

Durante la inquisición una sospecha, una denuncia anónima o una acción de la autoridad con o sin causa, provocaban que fuera a parar a la Inquisición donde era juzgado de manera absurda sin ser oído realmente, tal como sucede ahora.

Esto lo demuestra el caso de Los Cadetes de Linares, cuyo director Fidencio Tijerina Peña, junto con sus músicos e integrantes del grupo Torrente fueron arraigados por otros 40 días por su presunta relación con la organización de los Beltrán Leyva, informó la Procuraduría General de la República (PGR).

El juez 2 Penal Federal Especializado amplió la medida cautelar contra Hugo Dante Grajales Cantú, Gustavo Guerrero García, Jorge Luis Verástegui Lerma y Tijerina Peña, quien se encuentra hospitalizado por cuestiones de salud, así como de Ávila Muñoz, José Francisco García Cortés y José Carlos Salinas Rodríguez, del grupo Torrente.

¡Qué barbaridad! Un Juez que ignora los más elementales principios del Derecho y que pisotea los Derechos Humanos, es algo vergonzoso, es más, me parece escandaloso que prácticamente haya inventado otra instancia.

El proceso judicial debe tener como base una investigación de la cual resulten elementos suficientes para acreditar la presunta participación de alguien en la comisión de un delito, luego se pide la orden de aprehensión y enseguida se le detiene, aún detenido, el sujeto será considerado inocente hasta que se le demuestre lo contrario.

En el caso de una medida cautelar como el arraigo, éste no está contemplado por la ley mexicana tal y como se ejecuta en la actualidad, lo que contempla la ley es el arraigo domiciliario, que tiene un término y no se cumple en una cárcel disfrazada como sucede ahora, sino en el domicilio.

Una vez que pasa el término, la autoridad no puede bajo ninguna circunstancia seguir privando de su libertad a los sospechosos porque estaría violando los artículos 16, 17, 19, 20, etc. De la Constitución, además de los principios más elementales de los derechos humanos como son el derecho a ser juzgado en forma justa, de acuerdo a la ley, no ser detenido por simples sospechas, no ser detenido y sujeto a tortura sicológica o física como se sospecha que sucede en esas prisiones donde tienen a los sospechosos y los términos de ley no deben ser alargados “ad libintum” como sucede en el caso.

Eso quiere decir que alguien puede ser retenido en un centro de detención hasta que la autoridad consiga o fabrique pruebas en contra del detenido.

¡Que pena! Seguimos siendo un país tercermundista y en lo jurídico estamos en el Medioevo, y no se ve luz alguna al final del túnel, al contrario, vemos más oscuridad como si nos estuviéramos hundiendo en otra edad oscura.

FIN