Denuncia síndico padrón de proveedores de Madero “inflado”.

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Omar Lara Martínez/EnLíneaDIRECTA

Madero, Tamaulipas.- El Síndico Florencio Bonilla Barrios denunció que el padrón de proveedores ha sufrido modificaciones sin que los integrantes del cabildo se enteren, debido a que se aprobó una lista de 46 empresas o personas físicas que proporcionarían servicios al ayuntamiento de Madero, la cual incluso se publicó en el periódico oficial del estado, el 3 de marzo, pero en la lista que se tiene en el portal de internet suman un total de 206 proveedores, lo que considera una irregularidad.

Dijo que este documento enviado al diario oficial del estado es firmado por el alcalde y el secretario del ayuntamiento Armando Montelongo, donde se detalla a cada uno de los proveedores que estarían autorizados por la actual administración, situación que dijo Bonilla Barrios no entender.

”Esta información es el que está en el portal del municipio, trae 206 proveedores y esta que se publicó en el periódico oficial tiene 46 proveedores, la firmó el señor secretario cuando se publicó, se publicó el 3 de marzo del 2011, esta es de acuerdo a la ley de transparencia , esto se hace en contraloría, es una obligación de acuerdo al artículo 25 de la ley estatal de adquisiciones de los municipios, la lista oficial trae 46 y esta trae 206, yo ya no lo entiendo”.

Indicó que de acuerdo a la ley de transparencia se debe dar a conocer dicha lista de proveedores, por esta razón es que existe constancia de cuantos autorizó el ayuntamiento, siendo la contraloría municipal la responsable de supervisar este tipo de padrones, para que se encuentren dentro del marco legal y lo que establece la ley.

Cabe destacar que en el momento en que se firmó y publicó el padrón de proveedores, la contralora municipal en Ciudad Madero era Araceli de Jesús Pineda González, quien en este momento se desempeña como secretaria general de finanzas del municipio.

Florencio Bonilla Barrios señaló que el artículo 72 del código municipal para el estado de Tamaulipas, establece en su fracción novena, que son facultades y obligaciones del contralor municipal informar al ayuntamiento de sus programas de trabajo anuales, trimestrales, de avance y de resultados de estos, así como de las irregulares que existan, pero a 11 meses no se tiene ningún informe trimestral de la titular de la contraloría.

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