– Inicia monitoreo de patrones abusivos
Benny Cruz Zapata/EnLíneaDIRECTA
Victoria, Tamaulipas.- Haciendo un exhorto y una advertencia para los patrones sobre el pago de aguinaldo a los trabajadores, la Secretaría del Trabajo en Tamaulipas, informa que hoy vence el plazo para que que se cubra esta prestación y de esta manera evitar hacerse merecedores de multas, reveló Arturo Rodarte Leal.
El Delegado de la Secretaría del Trabajo en Tamaulipas, expuso que el aguinaldo es una compensación que reciben las personas antes del 20 de diciembre, en moneda nacional, equivalente a por lo menos 15 días de salario mínimo sin importar que estén activos o no, lo anterior de acuerdo al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
Por ello llamó al sector patronal a pagar esta prestación a sus empleados por ser éste un derecho que no se debe ignorar y los conminó a finiquitarlo antes del 20 de diciembre.
“El aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores y todo empresario que omita ese derecho será severamente sancionado”.
Aseveró que quienes no cumplan con esa disposición podrían hacerse acreedores de multas por más de 17 millones de pesos.
El delegado de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social agregó que el monto mínimo a cubrirse por el concepto de aguinaldo, es de 15 días de salario mínimo o la parte proporcional de acuerdo al tiempo que el trabajador prestó sus servicios a la empresa.
El funcionario federal mencionó que hasta el momento no han sancionado tienen registro de empresas que hayan incumplido con dicho pago, pero insistió que quienes no respeten la ley y no entreguen el aguinaldo a sus empleados a mas tardar el 20 de diciembre serán sancionados económicamente.
La Ley Federal del Trabajo establece que los patrones que no cumplan en tiempo y forma con este pago, serán sancionados con multa de hasta 315 de salario mínimo vigente; es decir que recibirían una multa por 17 mil 860 pesos.
Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo Todos los trabajadores sin excepción tienen el derecho a recibir aguinaldo, no se necesita trabajar todo el año completo, ni estar laborando en la fecha del pago de esta prestación, el trabajador tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del aguinaldo que corresponda al tiempo que laboró en el año y será equivalente a quince días de salario por lo menos, y debe de ser entregado antes del 20 de diciembre.
Esta prestación es una obligación exigible jurídicamente en caso de que no sea pagada. El salario que sirve de base para calcular el aguinaldo es el salario que ordinariamente se percibe por día laborado y no con el salario integrado, el tiempo que dispone el trabajador para reclamar el pago de esta prestación es de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación se hace exigible.