– A partir de enero
Benny Cruz Zapata/EnLíneaDIRECTA
Victoria, Tamaulipas.- A partir del mes de enero, los trabajadores en retiro que nunca usaron un crédito de INFONAVIT pero si cubrieron sus aportaciones durante su vida laboral, serán beneficiados con el rembolso que por ley, de acuerdo a las reformas aprobadas, debe pagarles el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
En este sentido el Dirigente de la Confederación de Trabajadores de México, Edmundo García Román, aplaude lo anterior, considerando necesario que los trabajadores jubilados se informen al respecto, asimismo exhorta al INFONAVIT difundir masivamente las Reformas a la Ley del Infonavit aprobadas por el Congreso de la Unión a mediados de este mes, que permitirá a los trabajadores retirados recuperar el ahorro acumulado en sus subcuentas de vivienda, además que también a partir de enero los trabajadores en activo, optar por un crédito en pesos a tasa nominal (en vez de préstamos fijados en salarios mínimos) y acceder a un segundo préstamo (una vez que se liquide el primero).
“Es un derecho que los trabajadores tanto en retiro como en activo conozcan sus nuevos derechos para que reclamen lo que les corresponde”
alcanzaron los 600 millones de pesos, por 10,000 demandas.
Cabe mencionar que a nivel federal se está difundiendo el proceso para obtener la devolución de éstos recursos, de acuerdo a cada situación:
1) Trabajadores que se retirarán bajo la ley 1973 después de la publicación de las reformas: Las personas pertenecientes a este grupo deberán acudir al Infonavit con su resolución de pensión, ahí completarán una solicitud de devolución y firmarán un documento de conformidad acerca del monto de ahorro de su subcuenta, una vez realizado este proceso el Instituto realizará la devolución en 10 días.
2) Retirados que demandaron y tienen una resolución a favor: En este grupo hay alrededor de 8,000 personas, en este caso, el representante legal debe acudir al Insitituto con la resolución de la demanda a favor, una identificación oficial y un estado de cuenta bancario del trabajador con una antigüedad no mayor a dos meses y con una Clave Interbancaria legible (CLABE) para que se realice el depósito.
En esta visita se deberá firmar un documento de conformidad para que la transferencia bancaria se realice en un plazo de 10 días.
3) Personas con demanda en trámite: En este caso, las personas que recién iniciaron el proceso judicial o que no tienen aún una resolución deberán desistir de la demanda y acudir con la misma documentación (resolución de que se desistió, identificación y estado de cuenta). En este caso el proceso de devolución tarda 10 días a partir de la firma del documento de conformidad.
4) Personas que no demandaron o perdieron la demanda: Para este grupo las instrucciones todavía no son definitivas. Luis Martín del Campo explica que partir de la publicación de la reforma en el DOF, el Instituto tiene seis meses para llegar a un acuerdo con la Secretaría de Hacienda acerca de las condiciones de pago de cerca de 1.2 millones de personas que corresponden a este grupo.