Redes sociales, alternativa de candidatos ante veda electoral

Benny Cruz Zapata/EnLíneaDIRECTA

Las redes sociales están siendo la vía más utilizada por los candidatos a las Diputaciones federales y al Senado de la república para estar vigentes en el ánimo de sus seguidores, con quienes interactúan, intercambiando opiniones, dando respuesta a comentarios, pero no cayendo en la promoción directa ni la petición del voto.

En espacios cibernéticos como el que la candidata al Senado de la República, Guadalupe Flores Valdés tiene en el facebook, la comunicación es directa con más de cinco mil seguidores, a quienes los llama a consultar un espacio alterno: Amigos: uds me conocen bien he tenido el gusto de interactuar con uds en este espacio, los invito a seguirme también en la página de Soy LupitaFlores para que podamos multiplicarla y llegar a todos aquellos a los que ya no puedo aceptar como amigos por tener el límite máximo de 5000 en esta cuenta.
Igual sucede con el candidato a Diputado federal, quien sigue la misma dinámica de comunicación así como Manuel Cavazos Lerma, quien también ya ha llegado al límite de amigos cibernautas.

Cabe mencionar que de acuerdo al calendario electoral durante seis semanas consecutivas -hasta el 29 de marco- por mandato del Instituto Federal Electoral; IFE los partidos y candidatos deberán mantenerse al márgen de e su promoción por cualquier medio de difusión.

La llamada intercampaña, aseguran mediante información oficial; no representa un periodo de silencio, por el contrario, es un periodo en el cual las autoridades electorales difunden información sobre la organización de los procesos electorales, invitan a participar a las y los ciudadanos y difunde los valores de la cultura democrática. Todo ello, con el objeto de que la ciudadanía tenga mayor información antes del inicio de las campañas electorales.

Para ello, el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales definen dos periodos durante el proceso electoral, con características específicas para el acceso de los partidos políticos, las y los precandidatos y candidatos a los tiempos del Estado en radio y televisión: las precampañas y las campañas electorales. El tiempo entre ambos periodos se ha conceptualizado como intercampaña.

La Constitución garantiza en cada una de estos periodos, la plena libertad de expresión en el ejercicio de la actividad política y la labor periodística de los medios de comunicación.

Con la finalidad de favorecer la equidad en las contiendas y dar certeza sobre el acceso de las y los precandidatos, candidatos, partidos políticos y coaliciones a los medios de comunicación, el texto constitucional prevé que:

“Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión. Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales, de los ciudadanos, ni a favor, o en contra de partidos políticos o candidatos a cargos de elección popular” [Artículo 41 constitucional, numeral III, inciso g).