Cd. Victoria, Tamaulipas.-Advirtiendo que es hasta el 15 de febrero cuando la ley electoral da luz verde para las precampañas a aspirantes a Diputados locales y Presidentes Municipales; el Instituto Electoral de Tamaulipas, en voz de su Presidente Jorge Luis Navarro Cantú; advirtió que las los políticos “adelantados” hay sanciones marcadas por el propio código.
Hizo un llamado a todos los actores políticos involucrados en el Proceso Electoral 2012 -2013, a conducirse en el marco legal para no violentar los procedimientos, ni los tiempos establecidos para precampañas en el Código Electoral para el Estado de Tamaulipas.
Jorge Luis Navarro Cantú, dijo que el artículo 200 del Código Electoral define la precampaña electoral como el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a cargos de elección popular, registrados por cada partido, con objeto de determinar al candidato o candidatos, a cargos de elección popular del Estado.
“La propaganda en etapa de precampaña es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que difunden los precandidatos a cargos de elección popular, con el propósito de dar a conocer sus propuestas. Los precandidatos pueden realizar reuniones públicas, asambleas, marchas y en general actividades en las que se dirigen a sus afiliados, simpatizantes o al electorado en general, con el objeto de obtener su respaldo para ser postulado a un cargo de elección popular; pero aún no son los tiempos, de acuerdo con el Código Electoral”, agregó el funcionario.
También mencionó que en los procesos internos de selección de candidatos a cargo de elección popular, los aspirantes tienen el derecho fundamental de promocionarse públicamente, únicamente para lograr la postulación por parte de su partido político.
Sobre los plazos que establece el Código Electoral en cuanto a las precampañas para la elección de Ayuntamientos y Diputados, Navarro Cantú mencionó que éstas se podrán llevar a cabo a partir del 15 de febrero y hasta el 20 de marzo del presente año.
El Consejero Presidente recalcó que cualquier irregularidad cometida por los actores políticos, como actos de precampaña o campaña realizados fuera de los plazos establecidos, serán sancionadas por la norma electoral. Cualquier persona podrá presentar la queja correspondiente ante la autoridad electoral, quien dará trámite a la denuncia, la cual deberá presentarse por escrito conforme a lo establecido en el artículo 340 del Código Electoral.
Algunos requisitos que debe cumplir la denuncia son: el nombre del denunciante, firma autógrafa o huella digital, el domicilio y las pruebas que ofrece.
Finalmente aclaró que los precandidatos no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda por ningún medio antes de la fecha de inicio de las precampañas, de acuerdo a la ley electoral, puede ser sancionado con la pérdida de registro, aun cuando haya ganado la contienda.