La aplicación de la justicia por parte de jueces y magistrados, en ocasiones es solo de palabra, ya que en la práctica suelen ocurrir serias violaciones en perjuicio de ciudadanos que demandan sus servicios, confiados en que al acercarse a un juez, lo hacen por extrema necesidad al haber sufrido previamente una injusticia.
Pero resulta que unos servidores públicos, en vez de atender las demandas ciudadanas, obedecen a sus propios intereses, y ya sea por ignorancia, por incompetencia o prevaricación, no resuelven el caso encomendado conforme a derecho.
Así vista la conducta de un juez o magistrado, rompe con el pacto social con el que se ha comprometido, y quienes le demandan justicia, no la obtienen, por lo que se presenta en este servidor público una conducta grave y susceptible de ser castigada, toda vez que tienen la responsabilidad y obligación de cumplir y hacer cumplir la ley, no de violarla.
Como ejemplo, aquí en Nuevo Laredo, existe un juez de nombre José Raúl Rodríguez Ornelas, quien es señalado por la señora Paloma Bojórquez Almanza, de haber dictado auto de libertad al responsable del delito de robo domiciliario, a pesar de haberse declarado culpable o confeso de dicho delito en contra del patrimonio de la señora Paloma.
Con documentos en mano, la agraviada presentó los testimonios de personas que lo señalaron como el presunto responsable de ese delito, pero dijo la quejosa que el juez lo dejó en libertad por no haber elementos para actuar en su contra.
De estos hechos, la víctima y sus abogados dicen haber mostrado los elementos necesarios dentro de la causa penal número 113/2016, las que el juez en cuestión pasó por alto, por lo que presume la afectada que pudo haber sido a cambio de una dádiva económica.
Pero además, dice la señora Paloma que en este caso tomó parte el licenciado Mario Portillo Mendoza, agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado Segundo Penal, quien en vez de atender la demanda de la quejosa al hacer que fuera cumplida la Ley con base en los testimoniales documentados y presentados en la causa penal 113/2016, parecía que con su actitud más que defender al ofendido, defendía al inculpado, haciendo a un lado su responsabilidad como ejecutor de la justicia y de la ley.
Cuando un juez, que es conocedor de la Ley y del derecho, la viola, lesiona los intereses de quienes se supone debe defender y comete una grave falta que merece ser castigada.
El especialista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Daniel Márquez Gómez, dice que este tipo de conductas cometidas por un juez o un magistrado, deben ser castigadas debido a su gravedad, y porque son ellos quienes deben hacer cumplir la Ley, por lo que no es comprensible que un juez o un magistrado, conocedores del derecho y de las leyes, las violen, lo que se constituye por sí mismo en una conducta grave, porque son ellos los que deben llevar a la conciliación, en vez de generar conflicto.
Lamentablemente en Nuevo Laredo no hay un solo caso documentado que indique que un juez haya sido castigado o sancionado por haber violado la Ley, pero en comparación, en la ciudad de Laredo en los últimos 20 años varios jueces fueron enjuiciados y sentenciados por haber cometido diversos delitos.
Por ejemplo, en julio de 1998 agentes del FBI catearon la oficina del entonces fiscal de distrito Joe M. Rubio, en una investigación realizada por actos de corrupción. Fueron detenidos y procesados también su asistente Ramón Villafranca, y los investigadores Agustín Mendoza, Alfonso Rodríguez y Domingo Dimas. Todos fueron condenados por una corte federal.
Otro caso ocurrió en marzo del 2014, cuando el comisionado del precinto uno, Mike Montemayor, fue detenido por aceptar sobornos, por lo que fue sentenciado a 76 meses de prisión por una corte federal y una multa de 109 mil 450 dólares.
La falta de jueces, pero de jueces honestos en Nuevo Laredo provoca que la aplicación de la justicia se dilate a veces de manera indefinida en perjuicio de los demandantes, lo que viola el Artículo 17 de la Constitución Mexicana, que al calce dice: “Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales”.
Por ello es que cuando un juez o magistrado incumplen con sus funciones, hay sanciones que se les pueden aplicar, de acuerdo a los artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que se pueden aplicar de acuerdo a la gravedad de la responsabilidad en que se incurra, el nivel jerárquico, antecedentes, condiciones y antigüedad en el servicio del infractor, entre otras causales.
Esto lo saben muy bien los jueces, y en particular el juez José Raúl Rodríguez Ornelas, señalado por la señora Paloma Bojórquez, de dilatar de manera arbitraria la justicia en un asunto judicial, muy a pesar de saber que dicha resolución dictada es injusta y que afecta los intereses de la quejosa.
Manifiesta la ofendida que sus abogados ya están trabajando en las quejas que interpondrán en contra de esos malos funcionarios, a quienes califican de corruptos y mercenarios de la justicia.