Netflix está viviendo un ˜boom™ que a inicios de año era inesperado. El COVID-19 llegó a cambiarlo todo. Como han señalado expertos a Bloomberg, lo que antes era un servicio de entretenimiento ahora es una necesidad debido al gran tiempo que la gente pasa en casa por las medidas de confinamiento para protegerse del coronavirus.
La plataforma de streaming más importante del mundo puede estar en un momento sin precedentes; sin embargo, esto no impidió que le diera una mala noticia a sus consumidores mexicanos este jueves: el inevitable aumento de sus precios.
El ˜golpe™ más fuerte será para los usuarios que pagan el Plan Premium (cuatro pantallas): el costo aumentará 37 pesos, al pasar de 229 a 266 pesos mensuales. Después está el incremento al Plan Estándar (dos pantallas), que pasa de 169 a 196 pesos al mes; y por íºltimo el Plan Básico, que es el más sencillo y menos afectado, el cual subirá de 129 a 139 pesos por mes.
¿Por qué se aumentaron los precios del servicio de streaming? Aquí te presentamos 5 puntos para entender el cambio.
1. El aumento de precios podría parecer excesivo en estos tiempos en que México atraviesa por un retroceso económico debido a la emergencia sanitaria del coronavirus¦ pero esto ya estaba en miras desde antes de comenzar 2020, sin siquiera una pista de lo que sería el COVID-19 en el país.
Un vocero de Netflix explicó que el ajuste en el precio de los planes en México se debe a las modificaciones hechas respecto a la recaudación de impuestos en el país.
œComo fuera reportado a finales del 2019, el Gobierno mexicano está incorporando el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios digitales como Netflix a partir del 1 de junio. En consecuencia, hemos empezado a avisar a nuestros usuarios que habrá un ajuste en nuestros precios, detalló la compañía.
2. De forma específica, los cambios que hizo el Gobierno de México fueron a la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Estos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 9 de diciembre de 2019 y entrarán en vigor este 1 de junio.
3. En la Ley, se añadieron capítulos y artículos, así como nuevas disposiciones. Entre los más destacados se encuentra el capítulos ˜De la prestación de servicios digitales por residentes en el extranjero sin establecimiento en México™, donde se establecen las condiciones para la recaudación del IVA en el caso de las plataformas como Netflix, Spotify, MercadoLibre, entre otros.
Uno de los nuevos artículos, el 18-B., menciona que los servicios digitales que deberán recaudar el IVA son los siguientes:
œLa descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, míºsica, juegos, incluyendo los juegos de azar, así como otros contenidos multimedia, ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas. Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos.Clubes en línea y páginas de citas. La enseñanza a distancia o de test o ejercicios.
4. El artículo 18-D., en su apartado IV, dice que las plataformas de servicios digitales deberán aplicar una tasa de 16 por ciento por concepto de IVA en los servicios prestados en cada mes.
Ojo: por ley, las empresas deberán desglosar en tu orden de pago cuánto se te está cobrando por IVA.
5. Las empresas extranjeras que presten servicios digitales, tales como Netflix, Uber, Spotify, Google, deben estar inscritas Registro Federal de Contribuyentes ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); además, entre otras acciones, deben informar trimestralmente a la autoridad fiscal el níºmero de servicios ofrecidos en territorio nacional, así como el precio cobrado.
FUENTE
https://elfinanciero.com.mx/