Cd. Victoria, Tamaulipas.-En Tamaulipas el abandono de obligaciones alimenticias es uno de los 10 delitos principales, en lo que va del año 725 hombres que han incumplido con el pago de pensión han enfrentado procesos penales, de acuerdo a la estadística manejada por la Fiscalía General de Justicia en la entidad.
En este contextp la Diputada Karla María Mar Loredo esta solicitando reformas al Código Penal de Tamaulipas, a fin de aumentar las penas para deudores alimentarios, por lo que se podrían castigar con prisión de seis y nueve años de prisión y multa de alrededor de 17 mil pesos.
Plantea que al responsable del delito de abandono de obligaciones alimenticias, se le impondrá una sanción de un año a seis años de prisión, (actualmente es de uno a cinco) y multa de hasta 200 veces la Unidad de Medida y Actualización, es decir, alrededor de 17 mil pesos.
Señala que la misma pena y multa se aplicará a quien estando obligado a informar acerca de los ingresos de quienes deban cumplir con la obligación alimentaria, desobedezcan la orden judicial de hacerlo o informen con datos falsos.
“Esta sanción incrementará hasta en una mitad al que dolosamente se coloque en estado de insolvencia o renuncie a su empleo, con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina para sus hijos o cónyuge; igualmente cuando les prive de los beneficios de atención médica, hospitalaria y medicinas a que tengan derecho con motivo de la realización de trabajo del obligado”, acotó.
La Diputada manifestó que debe cumplirse con la obligación de proveer no solo lo relativo a la alimentación, sino lo necesario para su educación, vestido, vivienda y atención médica.
Refirió que en la actualidad, el delito de abandono de obligaciones alimenticias lamentablemente en ocasiones, es cometido con dolo, pues el deudor en el ámbito laboral con frecuencia recurre a malas prácticas para lograr informar sus ingresos muy por debajo de los que realmente percibe, incluso renuncian a su empleo para evadir su responsabilidad.