Frenan que padres utilicen a sus hijos como moneda de cambio

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Ciudad victoria, Tamaulipas.- La sustracción y retención de menores es uno de los 10 principales delitos que se cometen y denuncian en Tamaulipas, de enero a octubre se han presentado 515 casos en la entidad, de acuerdo a la estadística manejada por la Fiscalía General de Justicia.

 

La Diputada Juanita Sánchez, que  mediante esta iniciativa  se pretenden diversas reformas al Código Penal para el Estado, a fin de establecer como delito la retención y/u ocultamiento de menores o incapaces, por parte de cualquier persona que, en ejercicio de la custodia de estos, realice las referidas acciones con el fin de privar a la o el menor o incapaz de cualquier tipo de convivencia con alguno de sus padres o para obligar a estos a dar, hacer o dejar de hacer algo.

Se detalla que si el menor no comprende el significado del hecho, fuese sustraído y trasladado, la pena de cárcel se elevara  hasta  9 años de prisión.

Se tiene tiene como objetivo frenará injusticias, abusos o chantajes por parte del padre, tutor y familiar de algún menor que tratar de prohibir la visita del otro progenitor o su familia.

Es un hecho que hay casos en que las y los menores son utilizados como “moneda de cambio” entre los padres, llegando a condicionar por cualquier medio la convivencia con el cónyuge o excónyuge que no tiene la guarda y custodia.

 

Con los cambios a la ley se está proponiendo incluir a las personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho.

Los responsables de los delitos, se les impondría una sanción de dos a seis años de prisión. Cuando el sujeto devuelva espontáneamente al menor o incapaz, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del delito, se le impondrá una tercera parte de las sanciones señaladas.

Es de mencionar que la sustracción y retención de menores está contemplada en el Código Penal del estado el Artículo 300 Bis, para tipificar el ilícito de retención de menores de edad por los padres, así como el Artículo 301, para sancionar a los padres o madres que substraigan o retengan a sus hijas o hijos.

De acuerdo al Artículo 300 Bis del citado ordenamiento jurídico, comete el delito de retención de infantes el padre o la madre que teniendo la custodia compartida de las y los hijos determinados días, se resista o se niegue a devolver a las y los menores de edad al hogar en que ordinariamente habitan

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