En este proceso local en la que se renovaran los 43 ayuntamientos y la integración del H. Congreso del Estado de Tamaulipas, sobre el registro de candidatos, el Consejo General, los Consejos Distritales y Municipales, al recibir una solicitud de registro de candidatura, verificará que se cumplió con todos los requisitos conducentes, en caso de advertir la omisión en el cumplimiento de uno o varios requisitos, notificará a quien postule la candidatura para que un plazo de 3 días contados a partir de la notificación, en términos del artículo 315 de la Ley Electoral Local, subsanen el o los requisitos omitidos o se sustituya la candidatura.
De acuerdo al calendario electoral, del 1 al 18 de abril, es el plazo en el que el Consejo General y los consejos distritales y municipales, en su caso, llevarán a cabo la aprobación del registro de candidatas y candidatos a integrantes de ayuntamientos y de las fórmulas de diputaciones, por lo que una vez aprobados, iniciarán las campañas a partir del 19 de abril, teniendo una duración de 45 días, debiendo concluir el 2 de junio del presente año.
