Cd. Victoria, Tamaulipas.- A los constructores que reportan obras públicas “Fantasmas” serán inhabilitados de dos a cinco años, considerando el daño social que causan a la población; expone el Diputado Joaquín Antonio Hernández Correa.
El legislador propone establecer sanciones más severas, aumentando el mínimo establecido en la inhabilitación, para los contratistas que no concluyan la obra pública y servicios relacionados con la misma para los que fue contratado.
Pondera que la obra pública es factor determinante para elevar la calidad de vida y promover el crecimiento económico en la población. Podemos definir, que la obra pública consiste en todo acto o procedimiento que tiene por objeto la planeación y ejecución de infraestructura para la prestación de servicios públicos.
Marca que la inversión pública en infraestructura es un motor de desarrollo económico y generador de bienestar para la sociedad; sin embargo, para que esto suceda debe realizarse de manera, transparente, eficaz y eficiente, tomando en cuenta las necesidades de un país en crecimiento.
Comparte que según datos de la Industria de la Construcción (CMIC), este sector genera, aproximadamente, 5.6 millones de empleos, lo que representa 13.2% del empleo total, no obstante, existen innumerables obras públicas inconclusas y abandonadas:
“Por tal motivo, se debe de cuidar que los términos de los contratos se cumplan a cabalidad y que las obras públicas no queden inconclusas y así evitar que la lista de obras inconclusas crezca”.
Apunta que sin duda, lamentablemente quienes más resienten el incumplimiento en las obras públicas, son los habitantes del sector que serían beneficiados con dicha obra; por lo regular ese incumplimiento, casi siempre es por motivos ajenos a los habitantes; pero sin duda, serán los más afectados, ya que dejaran de disfrutar de obras como:
“Un parque, un puente, la pavimentación de calles, alumbrado público de las colonias, y obras hidráulicas, por mencionar solo algunos”.
Por lo antes mencionado se busca establecer sanciones más severas, aumentando el mínimo establecido en la inhabilitación, para los contratistas que no concluyan la obra pública y servicios relacionados con la misma para los que fue
contratado, sin mediar causa; el mínimo establecido es de 3 meses a 5 años, por lo que se propone establecerlo de 2 a 5 años.
Lo antes expuesto, tiene como finalidad garantizar el derecho a la buena administración pública y velar por el interés de la ciudadanía.
