Crímenes de niñas deben ser reconocidos y juzgados como feminicidios

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Cd. Victoria, Tamaulipas.-Sustentando que son las niñas las principales víctimas de conductas violentas que van desde el abandono, pasan por el abuso sexual y, en un número importante de casos, culminan en la muerte; Diputados locales proponen que los crímenes de niñas sean reconocidos y juzgados como feminicidios.

En cuanto a Tamaulipas, cabe señalar que la entidad, solo al 2020 tenía un registro de 62 víctimas niñas en un periodo de 10 años, lo que exige que las autoridades apliquen esquemas para reducir estos crímenes, que laceran a las familias y la sociedad en general.

En la estadística nacional, Tamaulipas figura como un estado “libre de feminicidios”, sin embargo, de 43 homicidios de mujeres 19 han sido dolosos. A pesar de ello, en las estadísticas nacionales Tamaulipas, es uno de solo dos estados del país que no han reportado feminicidios durante el año.

Lo anterior se agrava cuando se trata de niñas, doblemente vulnerables puesto que los asesinatos de menores de 14 años de edad son resultado de la explotación sexual, laboral y de la violencia familiar, y sin embargo, esta realidad se disimula en el Estado no solo porque en general la Fiscalía elude la clasificación de feminicidio por actos en que las víctimas son mujeres, además porque la legislación no tipifica el feminicidio infantil, lo que vuelve a las niñas invisibles en las estadísticas, al calificar la privación de la vida, llevada a cabo en cualquier circunstancia, como simple homicidio.

Al efecto, el Código Sustantivo Penal vigente en el Estado, tipifica el delito de feminicidio en el artículo 337 Bis de la siguiente manera:

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

Debe actualizarse para del delito de feminicidio, deben comprobarse, también, cuando se trata de víctimas menores de 12 años, pero en caso de no acreditarse alguno de los elementos del tipo penal de feminicidio por parte del Ministerio Público, la autoridad juzgadora debe atender al tipo básico de homicidio, realizando la correspondiente traslación.

Es necesario entonces, que la disposición precitada del Código Penal para el Estado remueva la comprobación de requisitos o circunstancias, tratándose de víctimas menores de 12 años, pues, desde una perspectiva que prioriza el interés superior de la niñez, el homicidio cometido en contra de niñas debe ser castigado con mayor severidad y, más allá de cualquier circunstancia que haya caracterizado su materialización, debe ser valorado como delito de feminicidio.

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