Demandan que los casos de corrupción no prescriban

Cd. Victoria, Tamaulipas.- La corrupción es una de las mayores demandas y desafíos que se enfrentan en la actualidad, ya que esta problemática representa un obstáculo para el desarrollo social, obstruye la democracia, la justicia, y con ello el Estado de Derecho y la seguridad de las personas, expone el Diputado Juan Vital Román Martínez:

Es por ello que el combate a la misma resulta fundamental, en virtud de que dicha acción tiene como finalidad recuperar y consolidar la confianza de las personas con las diversas instituciones de gobierno, de manera particular con los servidores públicos.

Hace referencia que de acuerdo al artículo 208, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, el servidor público es toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza dentro de la Administración Pública estatal y municipal, así como organismos descentralizados,

Por lo anterior en razón de lo necesario que es aumentar las sanciones mínimas y máximas establecidas para diversos delitos por hechos de corrupción, como lo son los delitos de Cohecho; Peculado; Concusión; Uso ilícito de atribuciones y facultades; y el ejercicio abusivo de funciones, así como la no prescripción de las sanciones correspondientes a los mismos.

Al respecto, comparte que se tiene una propuesta legislativa que busca incrementar las sanciones establecidas para los delitos de referencia, ya que de esta manera se responde a las necesidades y exigencias de la sociedad para imponer penas más severas en el tema de la corrupción.

Considera que es importante destacar que la prescripción de las sanciones es una figura jurídica que extingue las responsabilidades penales por el simple transcurso del tiempo señalado por la ley.

De acuerdo a lo establecido por el artículo 139, del Código Penal del Estado, las sanciones prescribirán en un tiempo igual al fijado en la pena y una cuarta parte más de la misma, pero esta no podrá ser superior a los quince años.

En este entendido, se coincide de igual manera en virtud de establecer en los referidos tipos penales la no prescripción de sus sanciones, esto con la finalidad de que el vencimiento de los plazos legales respectivos no sea un obstáculo para la aplicación de la sanción impuesta, y por ende, combatir su impunidad.

Marca que tanto la corrupción como la impunidad son irregularidades que están afectando gravemente, por lo que resultan necesarias las modificaciones propuestas a la normatividad penal local, generando así las condiciones jurídicas que fortalezcan el combate a estas problemáticas sociales, de manera particular incrementando las sanciones para los delitos relativos a los hechos de corrupción, así como posibilitar la fórmula de imprescriptibilidad de las sanciones correspondientes.