Tamaulipas feminicida 62 víctimas en cierre sexenal

Cd. Victoria, Tamaulipas.-Con 62 crímenes de mujeres juzgados como feminicidios, el sexenio que esta por acabar da cuenta de este tipo de asesinatos, de acuerdo a la información emitida por la Fiscalía General de Justicia al Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública en el 2019 fue el año en que más mujeres perdieron la vida de esta manera.

Las cifras oficiales indican que el sexenio que acaba inicio con un feminicidio; en el 2017 fueron 4; en el 2018 fueron 13; en el 2019 16; en el 2020 12; en el 2021, 4 y en lo que va del presente 2022 ya van 12 mujeres cuyos crímenes han sido juzgados de esta forma.

De acuerdo a la información institucional, la violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad de género, es decir, en la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en el cual éstas se encuentran respecto de los hombres.

La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en el sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.

En el Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, el cual establece lo siguiente:

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

Haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.”