Alerta financiera

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Recientemente tuve oportunidad de viajar por algunas ciudades de la Madre Patria y una de las novedades fue el pago en bienes y servicios, incluso en ‘el changarro’ -como diría el presidente Fox Quezada (2000-2006)- más pequeño, con tarjetas de débito o crédito.
No nos dejamos sorprender por el uso de la tecnología en el mundo, aunque en esta experiencia las tarjetas o ‘dinero de plástico’, es una práctica muy común como en el caso de España.
Común es que los prestadores de servicios ibéricos insistan al cliente el pago con tarjetas de crédito o débito, como comprar boletos de transporte público local, nacional o internacional, ya sea por aire (avión) o tierra (autobús, metro, tren de alta velocidad). Incluso los taxis, tanto de aplicación como de sitio.
En el país Azteca el uso de las tarjetas poco a poco ha evolucionado, aunque el dinero en efectivo pareciera es más común, incluso algunas tiendas comerciales ya pusieron en práctica el auto-pago.
Los economistas aseguran que el pago en efectivo es debido a la informalidad de ciertos sectores. Aunque impera la desconfianza en el sistema bancario y el deseo de evitar comisiones o pago adicional al precio.
Desde luego, cuando no se tiene efectivo, el público azteca se ve ‘obligado’ al uso del ‘dinero plástico’, pese al temor de la duplicidad de los cargos o del interés cambiante, los recargos, etc.
En este sentido, pocos nacionales están conscientes del roll en estos temas la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP), cuando a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT) supervisa el origen y destino de todo movimiento bancario. Entendido como quién paga y quién recibe.
Pocos saben que el SAT tiene, entre sus atribuciones, transparentar el origen y el destino de los movimientos financieros en el país, cuya finalidad es combatir el lavado de dinero y la evasión fiscal.
En este último tema hay opiniones diversas, porque usted y yo estamos enterados que existe ‘un mundo’ de evasores fiscales por el gran temor de pagar más impuestos de los que somos ¿víctimas?
Una costumbre de buena parte de los trabajadores mexicanos, es tener dinero en efectivo en casa para ‘lo que se pueda ofrecer’, desde cantidades mínimas hasta inimaginables, dependiendo de las actividades económicas de la familia.
Las leyes del dinero en México, no terminan de ser muy claras, cuando se trata de efectivo por lo que el economista José Guadalupe García, especialista en finanza afirma: “Una de las prácticas bajo escrutinio es la de guardar dinero en efectivo en el domicilio particular…”
Ninguna ley mexicana señala como delito (ni delito fiscal) tener dinero en casa, pero es concluyente con el cumplimiento a las obligaciones tributarias para evitar sanciones y multas. El uso de dinero en efectivo es común por la informalidad de ciertos grupos como el del comercio.
Incumplir Obligaciones Fiscales puede repercutir en problemas con las autoridades hacendarias, especialmente cuando se trata de montos que superan los 800 mil pesos en la compra de inmuebles.
En este sentido el marco legal establece límites de dinero en efectivo como: Compra de vehículos (terrestres, aéreos o marinos), Operaciones con acciones; Alquiler de bienes inmuebles y vehículos y la Contratación de servicios especializados; Compra de artículos de lujo (joyas, relojes, etc.). El Límite máximo de estas transacciones es de 3,210 UMAs, similar a 346 mil, 326.90. En el caso de la compra de propiedades inmobiliarias el límite de 8, mil 025 UMAs, es de 865 mil, 817.25 pesos.
La insistencia de esta columna es resaltar que el SAT implementó herramientas y mecanismos para detectar discrepancias entre los ingresos declarados y lo que se gasta (entendido como el estilo de vida y activos de los contribuyentes).
Los evasores fiscales no realizan su Declaración Anual a la SHyCP, que sabe están capturados en los registros de esta dependencia, pues cada trabajador es contribuyente al Sistema Tributario, por lo que deben reportar todos sus ingresos.
En este mismo sentido Hacienda exige al contribuyente reportar al SAT las operaciones mayores a 500 mil pesos para identificar movimientos financieros que podrían estar relacionados con actividades ilícitas o evasión de impuestos.
Recuerde que la falta de cumplimiento en el pago de impuestos puede tener como consecuencias la obligación de pagar multas y sanciones por los últimos 5 años, en base a los ingresos registrados por la hacienda pública.

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