Mañana 1 de Octubre no se trabaja por decreto presidencial

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-Si trabajas tu patrón deberá de pagarte el triple de salario de acuerdo a la ley federal del trabajo.

Reynosa, Tamaulipas.-De acuerdo con el mandato presidencial, el día de mañana 1 de Octubre del 2024, no se trabajara como cada seis años que se realiza el cambio de poderes federal por lo que si lo laboras la ley del trabajo federal te ampara.

Con lo establecido en el Diario Oficial de la Federación, que público ese decreto el que se declara el 1 de Octubre de cada seis años como el día de descanso obligatorio, el cual entrara en vigor mañana martes.

Fue el pasado 24 de Septiembre del año en curso que en el pleno de la Cámara de Diputados, se aprobara con 398 votos a favor la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el 1º de octubre de cada seis años como día de descanso obligatorio con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, en lugar del 1º de diciembre.

El artículo transitorio subraya que el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El documento que se canalizó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, se consideró de urgente resolución y se sometió a discusión y votación de inmediato, con fundamento en los artículos 59 numeral 3 y 82 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

La finalidad de la reforma es armonizar la Ley Federal del Trabajo con el artículo 83 de la Constitución Política, para establecer que el 1° de octubre de cada seis años será día de descanso obligatorio, cuando corresponda la transmisión del Ejecutivo Federal, con motivo de la toma de protesta de la o el titular de ese Poder.

El artículo 83 de la Constitución Política precisa que el Presidente o Presidenta entrará a ejercer su encargo el 1º de octubre y durará en él seis años, por lo que está desarmonizada la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo que prevé los días 1 de diciembre como de descanso obligatorio.

En consecuencia, el decreto en cuestión es el siguiente:

DECRETO por el que se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el 1o. de octubre de cada seis años, día de descanso obligatorio con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

“EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE REFORMA LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 74 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, PARA ESTABLECER EL 1o. DE OCTUBRE DE CADA SEIS AÑOS, DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO CON MOTIVO DE LA TRANSMISIÓN DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL

Artículo Único.- Se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

I. a VI. …

VII. El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. y IX. …

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2024.- Sen. Gerardo Fernández Noroña, Presidente.- Dip. Sergio Carlos Gutiérrez Luna, Vicepresidente en funciones de Presidente.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Dip. Pedro Vázquez González, Secretario.- Rúbricas.”

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 27 de septiembre de 2024.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.

En caso que sea laborado tu patrón deberá de pagarte el triple de salario de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, de lo contrario serán acreedores a sanciones administrativas.

Ya que los trabajadores en México, tendrán derecho a un pago triple si laboran ese nuevo día feriado establecido por la reforma electoral.

A partir de este año, México contará con un nuevo día feriado obligatorio, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

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