Trata de personas, delito persistente en Tamaulipas

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Cd.Victoria, Tamaulipas.-La trata de personas es un delito persistente en Tamaulipas, llegando a 21 los casos denunciados , así lo documenta el Secretariado Ejecutivo Nacional en su apartado de incidencia delictiva que  a través del Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública.

De acuerdo a información consultada los 21 casos de trata de personas ubican a Tamaulipas entre las entidades federativas donde el delito de referencia ha ameritado las denuncias correspondientes en últimos cinco años,  de acuerdo al reporte del Secretariado se tiene un registro de cinco casos en 2020; cuatro en 2021, dos en  2022 , seis casos en el 2023 y en el 2024 han sido cuatro.

Es de apuntar que la trata de personas implica el uso de la fuerza, fraude o coerción a cambio de trabajo, servicios o un acto sexual comercial.

Causar que alguien participe en un acto sexual comercial, independientemente del uso de la fuerza, fraude o coerción, se puede considerar  trata de personas.
Para controlar y explotar a las víctimas, los tratantes de personas utilizan diversos tipos de fuerza, fraude o coerción. Estos tipos incluyen la imposición de deudas, las oportunidades de empleo fraudulentas, las promesas falsas de amor o de una vida mejor, la coerción psicológica y la violencia o las amenazas de violencia.

En este contexto en la Ley para prevenir, combatir y sancionar la trata de personas en Tamaulipas en su articulo primero apunta:

La presente ley tiene por objeto la prevención, investigación, persecución y  sanción  de  los  delitos  en  materia  de  trata  de  personas,  establecidos  en  la  Ley  General  para  Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia  a  las  Víctimas  de  estos  Delitos.

Así  como  la  protección,  atención  y  asistencia  a  las  víctimas, ofendidos y testigos del mismo, a fin de garantizar el respeto a la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad de las víctimas.

Esta ley se aplicará en el territorio del Estado de Tamaulipas y sus disposiciones son de orden público e interés social.

Como es de conocimiento público, se entiende por corrupción de menores, la manipulación o abuso de personas con capacidad restringida por parte del autor del delito, quien hace participar a la víctima de forma prematura u obscena, en actividades de naturaleza sexual que perjudican el desarrollo de su personalidad.

Además todas las conductas derivadas o que tuvieran su origen en un acto de corrupción, pueden también ser punibles. Por ejemplo, al mismo tiempo que se condena la producción de pornografía infantil, se castiga la posesión de dicho material.

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