El tema de hoy bien puede ser titulado La Resistencia, puesto que el tema central trata del sentimiento de rechazo de cualquier contribuyente tiene al pagar a la Hacienda Pública los impuestos a los que nos sujeta la ley.
Resulta más acentuado el sentimiento de resistencia al pago de impuestos cuando hemos llegado a cierta edad, donde se supone ya no recibimos un sueldo. Es decir, ya no somos asalariados,porque nos volvemos pensionados o jubilados.
El salario, tiene como sinónimospago, sueldo o remuneración. Se entiende es lacantidad de dinero que recibe regularmente un trabajador o empleado a cambio de un tiempo de trabajo determinado.
Un pensionado es una persona que recibe una pensión que es una prestación económica otorgada por una institución. Esta pensión puede ser el resultado de diversas circunstancias, como la jubilación, invalidez o viudez. El pensionado es el beneficiario de una renta periódica que puede provenir de fuentes públicas o privadas.
En nuestro México, algún presidente del color del partido político que me diga, determinó en un afán recaudatorio que los jubilados y pensionados debían ser sujetos del pago de impuestos ya que mensualmente reciben sus remuneraciones, aunquelo que recibe es el ahorro a lo largo de un tiempo laboral.
Precisamente el gobierno de la CUATRO TE (en ambas versiones) quién se está convirtiendo en el látigo que apura al pago de impuestos de quienes ahora son jubilados y pensionados al grado de buscar a los evasores de impuestos e idear -en el mismo marco legal- visitas domiciliarias para la verificación fiscal.
El antes empleado, ahora jubilado o pensionado sigue siendo un contribuyente que anualmente debe presentar su declaración de impuestos donde, por cierto, no le autoriza ningún tipo de deducción o descuento.
Recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda mexicana anunció se realizarán visitas domiciliarias a los pensionados y jubilados con el objetivo de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y correcta declaración de sus ingresos.
El SAT señaló que las visitas domiciliarias a los extrabajadores iniciarán en diciembre próximo, señalando que se pueden realizarlas con el fin de verificar y comprobar la veracidad de los datos proporcionados por los contribuyentes, tanto a personas físicas comomorales.
La autoridad hacendaria insiste en destacar que la disposición no exime a los adultos mayores, mientras continúen como contribuyentes, seguirán sujetos a los procedimientos conforme a la ley.
El marco legal de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, señalacomo derecho fundamental el recibir asesoría gratuita sobre ser informadas sobre sus derechos y obligaciones; Recibir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado; Corregir su situación fiscal mediante una declaración normal o complementaria desde el inicio de la revisión hasta antes de que se notifique la resolución con el monto de las contribuciones omitidas; Concluir la visita o revisión si la autoridad determina que todas las obligaciones se han corregido; Recibir un oficio informando que han corregido su situación fiscal después de una revisión, dentro del mes siguiente a la presentación de la declaración.
Las sanciones dicen que, en el caso de no corregirlaSituación Fiscal irregular, la Hacienda Pública aplica multas del 20% si paga antes de que se le notifique el acta final o 30% si paga después de la notificación del acta final pero antes de la liquidación.
La SHyCP autoriza el pago a plazos de impuestos y multas hasta de 36 meses o diferido a 12 meses, con un interés fiscal adicional. Aunque las autoridades fiscales tienen seis meses para determinar las contribuciones omitidas durante la revisión. Se entiende que de no haber notificaciones no existe deuda fiscal por ese periodo.