Candil de la calle…

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Los dichos y refranes, bien sabemos no tienen autor. Son atribuidos a la ‘sabiduría popular’ y sin lugar a dudascada refrán y/o dicho son verdades absolutas, como el título de hoy que significa que mientras hablas (para bien o para mal) de otros, aparentemente no te percatas de lo que sucede en lo propio, en tu casa, en tu familia.

En las últimas semanas el tema México-Estados Unidos ha sido de controversias no solo en el mundo diplomático, sino entre políticos que su quehacer nada tienen que ver con el extranjero, pero meten ‘su cuchara’ y el país azteca paga las consecuencias.

Particularmente en el tema del dinero que envían los mexicanos que, legal o ilegalmente trabajan en distintas áreas de las tierras de las fantasías, Gringolandia, donde su presidente Donald Trump determinó imponer un impuesto precisamente a esa acción de mandar dinero, conocido como remesas.

En la opinión de muchos mexicanos con dignidad, externamos el enojo cuando el primer gobierno de la CUATRO TE, celebra el récord de dólares que entran a México como ganancias de mexicanos en el extranjero, significando que nuestro país ha sido incapaz de contener la necesidad de ganar dinero en nuestro propio terruño.

El anuncio presidencial gringo sobre gravar las remesas motivó concentraciones de latinos protestando por esta acción y se lanzaron a las calles, mientras desde el Palacio Nacional, construido para el conquistador Hernán Cortés, la presidente de México, parecía arengaba a las movilizaciones populares, lo que terminó por enfadar a los gringos.

Sobre el tema, el abogado Carlos Alvarado escribe: “Nos quejamos de lo que otro país hace con los migrantes… Aunque permanecemos en silencio sobre lo que dicen las leyes mexicanas al contratar extranjeros y se refiere a los permisos, según los artículos 7 y 154 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) “Los patrones deben dar preferencia a los mexicanos, sobre los extranjeros.”

Y continúa: “Los patrones pueden contratar al 10% de extranjeros, excepto técnicos, y profesionales cuando la especialidad no exista en México. No aplica el principio de estabilidad en el empleo, dado que el patrón debe capacitar a los empleados sobre las especialidades que requiere la empresa.” Comenta el Lic. Alvarado.

Continua el abogado Carlos Alvarado “Cuando el trabajador extranjero haya capacitado al mexicano, a criterio de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, entonces termina su labor en México y no se aplica la recisión de contrato con responsabilidad patronal…”

Se entiende que en caso de que el patrón incumpla con la legislación migratoria y laboral mexicana (LFT)podrían caer en los artículos 993 y 992 -párrafosexto-que señala multas para el patrón que van de 250 a 2500 veces UMAS (de $17, 025.00 a 283, 750.00).

El abogado litigante asegura que “Podría evitarse sanciones en materia migratoria si se cumplen las exigencias jurídicas, aunque si se omiten,las sanciones podrían llegar a 10 mil UMAS (1, millón 135 mil peros) por cada persona que contrate.

Adicional a lo anterior, las sanciones pueden incrementarse por ilegalidades en materia civil, administrativas, seguridad social, fiscal e incluso penal, pudiendo llegar hasta la clausura de la empresa.

Además, asegura Carlos Alvarado que es de suponer que el Instituto Nacional de Migración -igual que su homólogo gringo- también hace redadas y revisiones para detectar indocumentados y proceder a la deportación y multas correspondientes a los patrones.

Una reflexión final: Desde el 2018, los mexicanos nos sorprendimos de las famosas caravanas de migrantes que hasta se enfrentaron con violencia hasta la propia Guardia y Ejército Nacional que llegaron hasta la frontera con Estados Unidos.

¿Cuántos llegaron a EU?

¿Cuántos se regresaron a su país?

¿Cuántos se quedaron en México?

¿Cuántos murieron?

¿Cuántos recibieron pensiones mexicanas?

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