Crecen penas y delitos para padres irresponsables

– También los hijos deberán responder por sus padres

Benny Cruz Zapata/EnLíneaDIRECTA

Victoria, Tamaulipas.- Los Diputados de Tamaulipas, han dispuesto por unanimidad aumentar las penas y establecer nuevos delitos contra padres irresponsables; que como es de conocimiento público y de acuerdo a los datos estadísticos manejados por la Procuraduría de Justicia del estado, se ubican entre los principales infractores de la ley, al ser el delito de abandono de obligaciones alimenticias uno de los primeros diez delitos que se comenten en la entidad.
Los 36 Diputados han aprobado modificaciones al Código Civil, mediante las cuales los padres son responsables de sus hijos desde antes de nacer y hasta que son mayores de edad; debiendo cubrir los gastos de embarazo y parto, y el apoyo económico a los hijos será hasta que los mismos tengan acceso a una profesión, arte u oficio, independientemente de que sean mayores de edad.

En los cambios hechos al artículo 277 del Código civil, ahora en Tamaulipas también se consideran como acreedores alimentarios a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, así como adultos mayores que carezcan de capacidad económica, siendo aquí los hijos los responsables de apoyar a sus padres.

Los motivos que los legisladores tomaron en cuenta para aprobar que la ley contemple como delito de abandono de obligaciones alimenticias, desde el momento del embarazo es porque hay evidencias de que año con año hay mujeres que están embarazadas y son abandonadas por su pareja o más grave aún, no son respaldadas por su pareja para hacerle frente al desarrollo y cuidado de los gastos indispensables de su embarazo y mucho menos a los del parto.

Ante lo anterior con estos cambios se refuerza la protección a las mujeres, ya que no existía ordenamiento legal para protegerlas en estas circunstancias.

En cuanto a la mayoría de edad de los hijos, queda establecido por ley, su obligación de proporcionarlos no cesa por la circunstancia de que el acreedor alimentario alcance la mayoría de edad, también comprende los necesarios para proporcionarle educación que le permita tener acceso a una profesión, arte u oficio.