Ponen en alerta a trabajadores para que cobren su aguinaldo

– Secretaria del trabajo abre líneas telefónicas para que denuncien a patrones incumplidos

Benny Cruz Zapata/EnLíneaDIRECTA

Victoria, Tamaulipas.- Todo aquel trabajador sea de base o temporal tienen derecho a recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre, de lo contrario la Secretaria del Trabajo pone a su disposición a asistencia legal para que denuncien a los patrones inclumplidos, anuncio El Delegado federal del Trabajo en Tamaulipas, Arturo Gerardo Rodarte Leal,

En el marco de la campaña aguinaldo 2011, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) señala que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el patrón no puede alegar dificultades económicas de la empresa o la falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe.

Rodarte Leal, reiteró que el aguinaldo es un derecho anual irrenunciable, que debe pagarse antes del 20 diciembre por un monto equivalente a 15 días de salario, por lo menos y los periodos vacacionales, de licencias de maternidad (pre y post natales), los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo deben considerarse como días laborados para efecto del pago del aguinaldo.

Señalo que “todos los trabajadores tienen derecho a recibirlo tanto los de base, como los de planta, los sindicalizados y los de confianza. Esto significa que todas las personas que tengan una relación de subordinación con el patrón y que reciban una remuneración por la actividad que realizan, tiene derecho a recibir el aguinaldo”.

En cuanto a las personas contratadas por honorarios, explicó que por el tipo de contrato que tiene naturaleza civil más que laboral no tienen derecho al aguinaldo. “Tienen un contrato de naturaleza civil y por ese contrato se considera que están en una situación de igualdad con el patrón. No hay una relación de subordinación y por lo tanto no son considerados como trabajadores. Por esta razón es que el patrón no está obligado a entregarles un aguinaldo”.

Sin embargo, advirtió, que es muy importante identificar las condiciones en las que se encuentra el trabajador “porque pudiera haber alguna situación de simulación para tratar de evadir las responsabilidades como patrón. Por ello, habría que estudiar cada situación en particular para ver si realmente son de honorarios o existen condiciones laborales que demuestren que estas personas realmente puedan ser consideradas como trabajadores”.

Sobre las recomendaciones para el uso del aguinaldo, Rodarte Leal apuntó también que este es un derecho obtenido tras un año de trabajo y por ello les hizo un llamado a no caer en prácticas consumistas con este ingreso. “Este pago adicional al salario no debe verse como una oportunidad de gastar más. Por el contrario, debe ser una alternativa razonada para cubrir las necesidades de cada familia. Por ejemplo, para la liquidación de deudas o como una opción de ahorro para solventar situaciones futuras imponderables”, señaló.

Recomendó a los trabajadores reunirse en familia y hacer un análisis de prioridades y, de este modo, determinar el mejor uso que se dará al aguinaldo. También sugirió a aquellos trabajadores que tengan deudas o créditos priorizar el pago de aquellas que tengan la tasa de interés más elevada.

Finalmente, el Delegado federal del Trabajo invitó a los trabajadores para que en caso de que tengan dudas se acerquen a la PROFEDET, a fin de que se les brinde la orientación y asesoría conducente, y de ser el caso, la representación legal.

Enfatizó que todos los servicios que se brindan son gratuitos y que los interesados pueden solicitar asesoría en cualquiera de sus 47 oficinas en toda la República. También pueden solicitar el servicio vía telefónica en el 01 800 91 17 877 o bien por correo electrónico en la dirección [email protected]