Reynosa, Tamaulipas.-Manuel Adrián Urbina Villanueva de 36 años quien fue detenido anteayer por los ministeriales Alejandro Olvera García y Fernando A. Villarreal Flores en la colonia Burocrática momentos después de haber cometido el robo con violencia en un negocio de Dulcería en la colonia Puerta del Sol, fue consignado al Juzgado Primero Penal de Primera Instancia como presunto responsable del delito de Robo con Violencia.
Sin embargo, en esta misma fecha la Licenciada Nora Odilia Jáuregui Polanco, titular de la Agencia Segunda del Ministerio Público de Protección a la Familia, también dictó el ejercicio de la acción penal en contra de la misma persona dentro de la averiguación previa penal número 375/20l3 que se le instruye como presunto responsable del delito de Violación y Robo con Violencia cometido en agraviado de una joven empleada de la misma Dulcería que atacó el domingo, con la diferencia que en la primera ocasión que en fecha 25 de agosto del año en curso, sorprendió a la empleada de ese establecimiento comercial cuando estaba sola y de quien omitimos su identidad, independientemente de haberle robado el dinero de la venta y repentinamente la agredió sexualmente utilizando la fuerza, logrando inutilizarla para cometer el aberrante delito hasta saciar sus instintos salvajes.
Al respecto dijo el Fiscal Investigador del segundo turno Licenciado Guadalupe Salinas, que al ser reconocido el tipo por su víctima, inmediatamente le dio aviso a la Licenciada Nora Odilia Jáuregui sobre la captura de esta persona para luego constatar que se trataba de la misma persona al ser reconocido y señalado con índice de fuego por la victima.
Posteriormente Manuel Adrián Urbina Villanueva rindió su declaración en la Agencia del Ministerio Público de Protección a la Familia y Delitos Sexuales y aunque no admitió su responsabilidad, la víctima lo señaló en diligencia de confrontación y en consecuencia, la Fiscal Investigadora Nora Jáuregui Polanco también dictó el ejercicio de la acción penal en su contra, consignando la averiguación previa penal número 375/20l3, solicitando la correspondiente orden de aprehensión en virtud de que fue detenido fuera de la flagrancia del delito, pero con la seguridad que el juez que le corresponda conocer el expediente que se origine no pondrá ninguna objeción para librarla correspondiente orden de aprehensión, la que elementos de la Policía Ministerial del Estado le darán su debido cumplimiento dentro de la celda del presidio, puesto que con la consignación remitida por el Agente Segundo del Ministerio Público Investigador será acordado de inmediato el ordenamiento judicial.
Cabe mencionar que por lo que corresponde a la segunda consignación tomando en cuenta que se trata de una solicitud de aprehensión, se entrega directamente en la Oficialía de Partes del Poder Judicial, en donde el encargado de esa área radicará el expediente al Juzgado que corresponda.