A estas alturas del partido cuando Tamaulipas vive la madre de todas las elecciones; Baltazar Hinojosa Ochoa, candidato a Gobernador del PRI PVEM PANAL, ha dado un tiro de precisión al poner en el acento de su discurso –que sin lugar a dudas es el más importante que ha dado en si campaña-, que el como candidato no carga historias pasadas…
“En Tamaulipas no hay nada que ocultar, somos gente de bien, no seremos un gobierno encubridor, nada más alejado de la verdad, si hay investigaciones abiertas contra personas que han tenido cargos o tareas políticas, vamos a colaborar plenamente con todas las instancias de impartición de justicia que así lo pidan en todos los procesos que estén llevando a cabo si los hay, trátese de quien se trate, que cada quien se haga responsable de sus actos como lo mandata la ley, también lo digo muy claro, vamos a reconocer cuando sean acusaciones sin sustento, no vamos a ser cómplices ni a participar en linchamientos mediáticos.
Que quede claro, lo digo con sus letras, que no se equivoquen, el candidato de esta contienda soy yo, yo mero, no soy Tomás, no soy Eugenio, no soy Egidio, escúchenme bien, ni mucho menos, no soy ni jamás seré Francisco García Cabeza de Vaca, yo soy el candidato, lo digo con la frente en alto, soy Baltazar, he sido siempre una gente de bien, yo no tengo nada que ocultar ni tampoco cola que me pisen”.
Este fue el quinto de los 10 compromisos públicos realizados en este martes en Tampico; teniendo como testigos de valor su mayor fortaleza: su familia -Marcela, Daniela, Mariana y Alejandra-,
Hoy yo les digo a los tamaulipecos es necesario, es urgente que aquí en donde vivimos con nuestros padre, con nuestros hijos, con nuestros amigos, con nuestras familias, en forma inmediata y sin pretexto se tomen medidas extraordinarias para definir un camino diferente con sentido y fines claros, para hacer de nuestro estado un lugar en donde podamos vivir.
Un lugar donde las autoridades brinden verdadera seguridad, certidumbre y confianza.
Diputadas que si trabajan por las mujeres…logran retipificar el feminicidio;
Este miércoles el Código Penal de Tamaulipas realiza cambios para castigar hasta con 60 años de cárcel a los asesinos de mujeres; tomando como antecedente el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y discriminación, el Congreso del estado ha vuelto a tipificar el delito de feminicidio en Tamaulipas.
La Diputada Olga Sosa Ruíz, explica que en Tamaulipas mediante Decreto No. LXI-62, de fecha 15 de junio de 2011 y publicado en el Periódico Oficial No. 74, del 22 del mismo mes y año, dio un gran paso para la historia de las mujeres de nuestro Estado, a través de la adición del artículo 337 Bis, este Poder Legislativo, tipifico el delito de feminicidio, sumándose así al panorama nacional que brinda y garantiza la los derechos de las mujeres en este tema.
Pero ahora es necesario conceptual izar el feminicidio, de manera que el asesinato de mujeres no se pierda en el concepto general de homicidio.
Se hace referencia que “feminicidio” es reconocer con una mirada objetiva ante los hechos un tipo penal particular, cuya especificidad se basa en que este homicidio lleva implícito una discriminación por razón de género, manifestándose un afán de poder, de control y dominación del agresor sobre la víctima, de ahí el odio y alevosía con que son cometidos, y la vergonzosa e inadmisible tolerancia social con que se protege al agresor.
Por ello debemos tomar las medidas para su visualización, para poner frente a la sociedad el hecho de que existe una gravísima violencia generalizada contra las mujeres en razón de su género; de manera que pase a formar parte de la conciencia social y que permanezca ,como se ha hecho hasta el momento, dentro de la agenda nacional y estatal.
Se reforma el artículo 337 Bis del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue: ARTíCULO 337 Bis.- Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 1.- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.