Exhortan a patrones a pagar aguinaldos y cumplir con Ley Federal del Trabajo

De acuerdo al artí­culo 87 de la LFT, los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a por lo menos quince dí­as de salario, que debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.

ST-124-2018
Diciembre 07 del 2018

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, el Gobierno del Estado, mediante la Secretarí­a del Trabajo, vigila el cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo y se garantice el pago de prestaciones a trabajadores, entre ellas el aguinaldo.

De acuerdo al artí­culo 87 de la LFT, los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a por lo menos quince dí­as de salario, que debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.

Marí­a Estela Chavira Martí­nez, Secretaria del Trabajo, dijo que la dependencia a su cargo, cumple con la encomienda del Gobernador Francisco Garcí­a Cabeza de Vaca, de promover un trabajo digno, seguro y saludable, para que el trabajador labore en condiciones favorables y se respeten sus derechos.

œCuando el trabajador labora en condiciones optimas, mejora sustancialmente la productividad y competitividad de las empresas, por ende el trabajador goza de las prestaciones convenientesœ, dijo la funcionaria.

Explicó que la Dirección de Inspección y Previsión Social, dependiente de la Secretarí­a del Trabajo, implementa desde el pasado mes de noviembre, el programa de exhortación al pago del aguinaldo entre las más de 500 empresas asentadas en la entidad.

Chavira Martí­nez, dio razón que los patrones deberán cumplir con dicha obligación, para evitar lo reglamentado en el artí­culo 1002 de la LFT.

œLas empresas que incumplan con el pago de esta prestación a los trabajadores, se harán acreedoras a sanciones que van desde los 50 a 5 mil salarios mí­nimos.

Exhortó a los trabajadores que no reciban su aguinaldo en el tiempo convenido, o que este haya sido entregado de manera incompleta, acudir a la Procuradurí­a General de la Defensa de Trabajo, para solicitar asesorí­a o una revisión del pago de la prestación.