Baja incidencia delictiva pero no los delitos contra la libertad y la seguridad sexual

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Cd. Victoria, Tam.-La incidencia delictiva en general fue a la baja en el mes de septiembre en Tamaulipas, sin embargo los delitos contra la libertad y la seguridad sexual tuvieron en el mes de referencia se tuvo el más alto indice de denuncias recibidas en los íºltimos nueve meses, este reporte lo hace el Secretariado Ejecutivo de Seguridad Píºblica Nacional.

En el conteo estadí­stico que se realiza con información remitida por la Procuradurí­a de Justicia en el estado, se precisa que en el mes de enero fueron 107 las denuncias, 129 en febrero, 95 en marzo , 110 en abril, 141 en mayo, 129 en junio, 115 en julio, 135 en agosto y 140 en septiembre.

Lo anterior da un total de mil 101 denuncias recibidas de enero a septiembre del presente año.

Con respecto a los diversos delitos de esta í­ndole, se recibieron en el íºltimo reporte, -septiembre- 59 demandas de abuso sexual, 12 de acoso sexual, seis de hostigamiento sexual.

En lo que se refiere al delito de violación simple se dieron 53 demandas y 10 más catalogadas como otros delitos que atentan contra la libertad y seguridad sexual.

Entre los delitos más frecuentes está el abuso sexual que de acuerdo al Código penal esta marcado en:

ARTíCULO 267.- Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí­ o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Para efectos de este artí­culo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explí­citamente sexuales u obliguen a la ví­ctima a representarlos.

También se considera abuso sexual cuando se obligue a la ví­ctima a observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.

Si se hiciera uso de violencia, fí­sica o psicológica, la pena se aumentará en una mitad más en su mí­nimo y máximo.

En cuanto a la violación que es el otro delito más denunciado el Código Penal de Tamaulipas establece:

ARTíCULO 273.- Comete el delito de violación, el que por medio de la violencia fí­sica o moral, tenga cópula con una persona sin la voluntad de ésta, sea cual fuere su sexo.

ARTíCULO 274.- Al responsable del delito de violación se le impondrá una sanción de diez a dieciocho años de prisión. Si la ví­ctima fuere el cónyuge o concubina o concubinario, independientemente de su género, sólo se perseguirá por querella de la parte ofendida.

Si la ví­ctima del delito fuere menor de catorce años, o quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo, la sanción será de 30 a 40 años de prisión.