La revocación

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El tí­tulo de hoy obedece a un ordenamiento Constitucional y debe entenderse como un procedimiento por el que los ciudadanos pueden cesar del cargo píºblico a un funcionario electo, antes del término del periodo para el que fue elegido. El procedimiento puede ser por votación directa o, por recolección de firmas, dependiendo de las dimensiones geográficas o poblacionales, segíºn lo establece la ley.
La revocación en México está señalada en la Constitución General de la Repíºblica, por lo que los cargos de elección popular son: el presidente de la Repíºblica, los legisladores (diputados -federales y locales- y senadores), gobernadores y presidentes municipales.
La revocación de mandato parte del principio de la libertad polí­tica de los ciudadanos al elegir y deponer a sus gobernantes en una democracia representativa. En otras palabras, es un mecanismo de interrupción o término anticipado del mandato popular.
El tema viene a este espacio porque boletines de prensa y agencias de noticias difunden que la œ¦Cámara de Diputados aprobó las reformas constitucionales sobre la revocación de mandato y la consulta popular que, abre la posibilidad de remover al presidente de la Repíºblica por la ví­a del voto libre, directo y secreto, ˜a condición de que participe al menos 40 por ciento de los electores inscritos™ en la lista nominal.
El 28 de mayo del 2018, el Instituto Nacional Electoral (INE), declaró la validez oficial del padrón electoral con 89 millones 332 mil 31 registros, aunque la lista nominal -tienen credencial del INE- fue de 89 millones 123 mil 355, que tuvieron la posibilitar de votar el 1 de julio de ese año.
Aclaro que los níºmeros aquí­ señalados del padrón electoral y la lista nominal no concuerdan con algunos sitios, pues las estimaciones son diferentes, como aquella que señala que el reloj poblacional se estima a un total de 133 millones, 642 mil, 291 habitantes en el 2015.
Ahora bien, si la propuesta de ley admitida por los diputados y que pronto llegará a los estados para su discusión, análisis y aprobación o rechazo, -se requiere de por lo menos 17 votos a favor de los congresos locales- entonces hay que tomar en cuenta la siguiente reflexión, que se infiere a ˜plan con maña™, como dirí­a mi santa abuela.
La iniciativa es clara œ¦a condición de que participe al menos 40 por ciento de los electores inscritos entonces estarí­amos hablando de que 35 millones, 649 mil, 342 mexicanos que debieran votar. Pero¦ segíºn datos del INEGI, el presidente López llegó a Palacio Nacional con apenas la mayorí­a de la tercera parte del padrón electoral.
Sin embargo el proyecto es muy claro cuando establece que el 3% de la lista nominal de electores podrá solicitar la remoción del presidente, o sea poco más o menos 2.6 millones ciudadanos, pero para que sea válida la remoción se exige que sea el 40 % de los votos. Mayor níºmero de mexicanos que los llevaron a la Banda Presidencial a López Obrador.
¿No es un juego de níºmeros muy estratégico a favor del poder?
Por otro lado, llama la atención que de 500 diputados federales que nos cuestan a los mexicanos (300 voto directo y 200 pluris) solo 372 votaron a favor, 75 en contra que suman 447¦ ¿Dónde quedaron 53? ¿Tan enfermos y tienen incapacidad del ISSSTE? ¿Llegaron tarde? ¿Andan en comisión? ¿Andan donde¦? Porque se les paga para legislar.
Los diputados de la oposición a la mayorí­a “Morena-, dieron distintos adjetivos para calificar esta nueva sección legislativa que hasta la tildaron de populista y cuento de œcuatroteí­smo.
Esta es la 4T transparente y con el ˜poder popular™ para validar o revocar el mandato presidencial.
Elba Ester Gordillo hizo popular aquello de œUsted le cree a Madrazo¦ yo tampoco, dicho que ahora adquiere relevancia con esto de los níºmeros apenas de las urnas del 2018 y las que podrí­an darse en el 2021, porque me parece que el mexicano en general es apolí­tico.