Se duplican denuncias por delitos cometidos por servidores píºblicos

Cd. Victoria, Tamaulipas.-En Tamaulipas se han casi duplicado las denuncias por delitos cometidos por servidores píºblicos, siendo noviembre el mes en el que se presentaron demandas contra los funcionarios, siendo 91 los expedientes que se generaron, cuando en el mes anterior se reportaron 46 denuncias por el mismo motivo.

La Fiscalí­a de Justicia estatal reporta de manera general, al Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Píºblica, que durante el 2019, de enero a noviembre se dieron 533 casos de delitos cometidos por funcionarios.

En enero fueron 43 en enero, cuatro demandas en febrero , 68 en marzo, 57 en abril, 45 en mayo, 59 en junio, 34 en julio, 52 en agosto, 34 septiembre, 46 octubre y 91 en noviembre.

Aunque la información del Secretariado Ejecutivo Nacional no detalla los delitos, es de conocimiento píºblico que algunos de esos delitos son los siguientes: Cohecho (conocido comíºnmente como soborno, mordida o propina), peculado o malversación de recursos píºblicos, tráfico de influencias, abuso de autoridad, enriquecimiento ilí­cito, fraude fiscal, lavado de dinero, delincuencia organizada, entre otros.

En este contexto los delitos cometidos por servidores esta el ejercicio abusivo de funciones;

En el articulo 226 del Código penal se establece que.- Comete el delito de ejercicio abusivo de funciones:

I.- El servidor píºblico que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, indebidamente otorgue por sí­ o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, efectíºe compras o ventas o realice cualquier acto jurí­dico que produzca beneficios económicos al propio servidor píºblico, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, o a cualquier tercero con el que tenga ví­nculos afectivos, económicos, o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor píºblico o las personas antes referidas formen parte;

Asimismo esta el delito de uso indebido de atribuciones y facultades; de ello marca el articulo 222, que comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades:

I.- El servidor píºblico que dolosa e indebidamente:

a).- Otorgue concesiones de prestación de servicio píºblico o de explotación, aprovechamientos y uso de bienes de dominio del Gobierno Estatal o Municipal;

b).- Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico;

c).- Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos, o prestados en la administración píºblica del Estado y los Municipios;

d).- Otorgue, realice o contrate obras píºblicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos píºblicos.