Homicidios y lesiones culposas ameritan aumento de agravantes en Tamaulipas

Cd. Victoria, Tamaulipas.- En Tamaulipas fueron 692 homicidios culposos los que se registraron, así como 850 personas lesionadas en el 2020, de acuerdo a las cifras dadas a conocer por el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública.

El Diputado Francisco Javier Garza de Coss, ha presentado una iniciativa mediante la cual se reformas al Código Penal para el Estado, a fin de considerar la culpa grave en los casos de homicidio y lesiones, si se cometen con motivo de la conducción de vehículos en estos cuatro supuestos: “el exceso de velocidad; circular en sentido contrario; en zonas concurridas y, cuando el presunto responsable se niegue a proporcionar orina, sangre o aire aspirado para medir el porcentaje de alcohol y examen toxicológico, agravándose así la pena.

Este tipo de delitos en su mayoría cometidos en accidentes de tránsito estan contemplados en el código penal, en donde a propuesta legislativa de Garza de Coos se plantea aumentar las causas y la pena en caso de que se den por exceso de velocidad o el conductor se encuentre en estado de ebriedad.

Vale mencionar que el llamado homicidio culposo o involuntario, es un delito que consiste en causar la muerte a una persona física por una acción negligente. El homicidio negligente es un subtipo del homicidio, que puede causarse por negligencia o por dolo.

En el caso de las lesiones culposas, están dentro de los delitos culposos son aquellos delitos que se comenten sin dolo (sin la intención de producir dicho mal).

La propuesta legislativa es una reforma al Código Penal para adicionar el artículo 73 Bis e incluir otras causales, como el exceso de velocidad

“ Los casos de homicidio y lesiones que se cometan con motivo del tránsito de vehículos, se considera culpa grave, a quien sin causa justificada incurra en cualquier de las siguientes fracciones:

-Cuando el presunto responsable, se conduzca con exceso de velocidad, en más de treinta kilómetros por hora del límite establecido para la zona en donde ocurrió el accidente vial;

-Cuando el presunto responsable conduzca un vehículo en sentido contrario a la circulación señalada o invada zonas peatonales

-Cuando el presunto responsable conduzca un vehículo en zonas visiblemente concurridas por personas, como mercados ambulantes, peregrinaciones, manifestaciones, zonas escolares, a consecuencia o de acciones u omisiones graves;

-Cuando el presunto responsable del hecho se niegue a proporcionar una muestra de orina, sangre o aire espirado en el alcoholímetro o alcohómetro, para medir el porcentaje de alcohol y examen toxicológico.