Mujeres también se involucran en delitos sexuales 

Cd. Victoria, Tamaulipas.-Los delitos sexuales se extienden por el territorio estatal, llegando ya a 1, 428 víctimas. Siendo el abuso de este tipo el que más se denuncia; así lo sustenta el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública.

En este contexto, la Fiscalía General de Justicia, da a conocer que en el índice de personas involucradas en este tipo de delitos, también hay mujeres, un ejemplo de ello es que  agentes de la Policía de Investigación cumplimentaron una orden de aprehensión en contra de Dulce “C”, Amairani “C” por los delitos de Violación equiparada, Violación y Abuso Sexual; y a Julio César “R” por Violación.

El mandato judicial ejecutado fue solicitado y obtenido de la autoridad judicial, por el Agente del Ministerio Público, adscrito a la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos contra Niñas, Niños y Adolescentes y Delitos contra las Mujeres por Razones de Género (FENNAM).

Dulce “C”, Amairani “C” y Julio César “R” fueron puestos a disposición de la autoridad judicial que en breve determinará su situación jurídica.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas refrenda su compromiso de no permitir impunidad a quienes atentan contra los niños, niñas y adolescentes tamaulipecos.

De acuerdo al Código penal en el:

ARTÍCULO 267.- Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.

Si se hiciera uso de violencia, física o psicológica, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

ARTÍCULO 268.- A quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra

persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.

Si se hiciera uso de violencia, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.