Llama SAT a presentar la declaración anual 2025 de personas

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-Esperan más de un millón 200 mil declaraciones.
Tampico, Tamaulipas.-El Servicio de Administración Tributaria recuerda que el periodo para presentar la Declaración Anual 2025 de personas es del 1 al 30 de abril, por lo que se convoca a las y los contribuye clientes a cumplir con esta obligación fiscal dentro del plazo legal establecido. Esperan más de un millón 200 mil declaraciones.
En rueda de prensa el administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Tamaulipas el L.C.P. Aureliano Vallejo Loyola y el Lic. Luis David Cruz Lara, administrador Desconcentrado de Recaudación de Tamaulipas, informaron sobre la presentación de la declaración anual que se realiza en el portal del SAT  htt://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/Index.html disponible durante todo el mes, las 24 horas del día.
Señalaron que el trámite es obligatorio para las personas que obtuvieron ingresos por las siguientes actividades: sueldos y salarios, si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto exceden los 400 mil pesos, sí trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025; si obtuvieron ingresos distintos de salarios, si trabajaron de manera simultánea para 2 o más empleadores, si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR, si obtuvieron ingresos adicionales por indemnización, si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V quinta de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Así como también los de Servicios Profesionales, actividades empresariales, que incluyen a plataformas tecnológicas, región fronteriza y régimen de incorporación fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad, arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes e intereses o dividendos.
Señaló que las personas que tributan en RESICO pueden quedar elevadas de presentar la declaración anual, las que apliquen en lo establecido a las reglas 3.13. 20 y 3. 13.21 pueden optar por presentarla.
Además, manifestaron que el SAT implementó las siguientes mejoras y actualizaciones al formulario con la finalidad de apoyar a quienes presentarán este trámite.
Por ello, con el fin de agilizar el llenado del formulario se deberá completar cada apartado de la declaración antes de avanzar al siguiente, también se muestra el detalle de otros ingresos estén exentos, desglosando las percepciones identificadas en el CDFI de nómina que las y los trabajadores obtuvieron en el ejercicio; además se muestra la precarga sugerida de la información de los retenedores de quienes declaran específicamente para actividad empresarial, arrendamiento, RESICO, y plataformas tecnológicas, la cual también puede consultarse en el nuevo Visor de retenciones.
Agregaron que las personas con ingresos por intereses pagados por SOFIPOS verán 2 campos para capturar el monto de los intereses gravados y exentos.
Y se integra nuevas funcionalidades para aplicar los estímulos previstos en el plan México, dirigidas a contribuyentes que cuenten con constancia de Autorización.
También dijeron que, se presentan mensajes de carácter informativo para dar a conocer al contribuyente su situación, en caso de modificar los datos precargados en el apartado deducciones personales se mostrarán los CFDI que tengan alguna inconsistencia. Estos se ubican en el campo sin clasificación y podrán ser reclasificados o agregados manualmente, siempre que se cuente con la documentación soporte correspondiente.
Dieron a conocer que a las y los contribuyentes que se les determine impuesto a pagar podrán cubrirlo hasta en 6 parcialidades, siempre que se presente la declaración y realicen el pago de la primera parcialidad en abril del 2026.
Para la Declaración se requiere la contraseña o firma activa, así mismo cuando el resultado de la declaración sea un saldo a favor igual o mayor a 10 mil pesos deberán enviarse con e. firma.
En caso de tener dudas o requerir orientación sobre la declaración anual 2025 de personas se dispone de los siguientes medios de atención, marca SAT 5562722728, opción 2, subopción 0, atención personalizada de lunes a viernes de 9 de la mañana a 6 de la tarde, excepto días inhábiles, así como asistencia telefónica virtual las 24 horas, 7 días de la semana; el chat uno a uno, en el chat.sat.gob.mx. OrientaSAT, oficina virtual previa cita en: citas.sat. gob.mx; y los casos de aclaración a través del portal del SAT en donde estará disponible un calendario informativo que permitirá a las personas contribuyentes identificar los días en los que se registra mayor ingreso al sistema durante los 30 días en que se puede presentar la declaración con el fin de facilitar la planeación de este trámite.